RATT INTERNACIONAL MERCOSUR & PAISES ASOCIADOS PLAN DE ACCION ESTRATEGICO HEMISFERICO PERIODO 2019-2024

Por: Fernando Mao
.1- OBJETIVOS GENERALES
Los objetivos generales del Plan de Acción Estrategico Hemisférico consisten en instar a los Estados Miembros a:
1. Prevenir y combatir la trata y el tráfico de personas con diferentes fines , con pleno respeto de los derechos humanos, tomando como marco de referencia la Convención de Palermo y sus tres protocolos. Ello se hará de acuerdo a los principios de igualdad soberana e integridad territorial de los Estados.
2. Profundizar la cooperación entre Estados y Sociedad Civil en materia de prevención, investigación, procesamiento y acompañamiento a las sobrevivientes vÃctimas en debido proceso en actuaciones judiciales relacionadas con el delito de la Trata de Personas
3. Alentar la coordinación entre los respectivos órganos de la OEA con competencia en los temas vinculados con el combate de la delincuencia organizada transnacional, asà como la cooperación entre éstos y la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (ONUDD).
4. Fortalecer las capacidades y habilidades nacionales, subregionales y regionales para enfrentar la delincuencia organizada transnacional. ( intercambio de prácticas a través de foros presenciales y virtuales )
2- ACCIONES
Para la consecución de los objetivos generales, los Estados Miembros, de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurÃdicos y leyes vigentes contra la Trata de Personas , deberán considerar como aliados estratégicos a las organizaciones de la sociedad civil que vienen trabajando en respuesta a este delito aplicando mecanismos de mutua cooperación :
a. Promover estrategias nacionales de prevención aplicando la leyes vigentes en cada paÃs
b. Adoptar un enfoque integral en la prevención y asistencia a las vÃctimas, contando con la participación de todas las instituciones que tienen responsabilidad en la materia tanto del Estado como de la Sociedad civil
c. Fortalecer la capacidad de las instituciones de la sociedad civil para prevenir y combatir de manera efectiva la delincuencia organizada transnacional y fomentar la cooperación y el intercambio de experiencias entre los Estados
d. Reconocer el papel fundamental en las mesas chicas de decisión de los Estados de la activistas que fueron vÃctimas de trata de personas para el rediseño de las polÃticas públicas haciendo énfasis a una cultura de rechazo a este delito valiéndose de los derechos humanos y los valores democráticos dentro de un Estado de Derecho .
e. Continuar revisando, monitoreando cuando corresponda las polÃticas públicas y leyes nacionales a fin de mejorar la cooperación en áreas tales como la asistencia jurÃdica, la reinserción social de las vÃctimas y la repatriación de las sobrevivientes en caso que lo requieran
f. Adoptar e implementar las medidas legislativas apropiadas para combatir la delincuencia organizada transnacional.
g. Promover el, enjuiciamiento de proxenetas y tratantes con severas condenas e incautación de los activos e inmuebles
h. Procurar, en la medida de lo posible, la recopilación y divulgación de información estadÃstica que permita medir el alcance del problema de la delincuencia organizada transnacional y su incidencia respecto de la criminalidad global de cada región a través de Cumbres Internacionales Contra la Trata.
i. En los casos que sea aplicable, adaptar la legislación interna a la Convención de Palermo, teniendo en cuenta las guÃas legislativas adoptadas por la Organización de los Estados Americanos.
j.Promover campañas de prevención radiales y spot en tv abierta y de cable
3. INSTRUMENTOS JURIDICOS
a. Exhortar a los Estados Miembros que todavÃa no lo hayan hecho a que consideren suscribir, ratificar y/o adherirse, según sea el caso, a los siguientes acuerdos internacionales:
• Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
• Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños; Protocolo contra el Tráfico IlÃcito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire;
b. Suscribir acuerdos bilaterales, cuando proceda, para la aplicación afectiva de la Convención de Palermo y sus protocolos, y como complemento a las acciones contempladas en el presente Plan de Acción Hemisférico.
3. ASUNTOS RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DE LA LEY.
1. Adoptar e implementar mecanismos procesales, legales y operativos para la protección de testigos, de acuerdo con lo previsto en el artÃculo 24 de la Convención de Palermo.
2. Fortalecer, de acuerdo con los medios disponibles, las medidas encaminadas a garantizar la seguridad, control e integridad de los documentos de viaje o identidad de tal manera que no puedan ser utilizados indebidamente, falsificados, ni alterados con facilidad.
3. Impulsar la adopción y el empleo de técnicas especiales de investigación y, cuando proceda, coordinar su uso con otros Estados Miembros para combatir la delincuencia organizada transnacional, de conformidad con los principios fundamentales de sus respectivos ordenamientos jurÃdicos y lo estipulado en la Convención de Palermo.
4. CAPACITACION
a. Solicitar a los Estados miembros de cada región asistencia financiera para implementar capacitaciones sobre el delito de la Trata y el Tráfico de Persona fomentando el fortalecimiento institucional de las capacidades instaladas en respuesta al delito de la trata , el tráfico de personas y la explotación sexual comercial y no comercial de niños ,niñas y adolescentes, en la medida necesaria para avanzar con las metas de este Plan de Acción Hemisférico 2019-2024
b. Desarrollar y/o apoyar programas de capacitación especÃficos, en los ámbitos bilateral, multilateral, subregional y regional, que avancen las metas de este Plan de Acción Hemisférico.
c. Promover la responsabilidad social empresarial para organizar conferencias y seminarios a fin de mejorar la capacidad existente para prevenir este delito multicausal
d. Intercambiar experiencias y prácticas óptimas de las instituciones pertinentes en los Estados Miembros en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, incluido el uso de nuevas tecnologÃas para este propósito.
5. INTERCAMBIO DE INFORMACION
a. Solicitar a los Estados que mantenga una lista actualizada de los puntos de contacto nacionales con los diferentes organismos de aplicación.
b. Asegurar que sus leyes sobre la delincuencia organizada transnacional consten en las bases de datos de la OEA y recomendar que la SecretarÃa General de la OEA asegure que dichas bases de datos sean de fácil acceso, simplificadas y consolidadas.
c. Enriquecer el intercambio de información, incluida la información operativa en tiempo real, entre instituciones nacionales con competencias similares, mediante el uso óptimo de la tecnologÃa, especialmente bases de datos u otros mecanismos técnicos tales como sistemas seguros de información; asà como el uso de, entre otros, la INTERPOL y la Red Hemisférica de Intercambio de Información para la Asistencia Mutua en Materia Penal y Extradición.
d. Impulsar, cuando se considere apropiado, la utilización de nuevas tecnologÃas de comunicación como las videoconferencias y otros medios similares para obtener medios de prueba.
6. COOPERACION INTERNACIONAL
a. Instar a la SecretarÃa General de la OEA, cuando corresponda, a que procure la cooperación y asistencia de otros Estados y otras organizaciones internacionales, incluidos los bancos multilaterales de desarrollo y las instituciones financieras internacionales, asà como la ONUDD, para la aplicación efectiva en el Hemisferio de la Convención de Palermo y sus protocolos, y la instrumentación de este Plan de Acción Hemisférico.
b. Solicitar a la SecretarÃa General de la OEA que promueva la cooperación general con otras organizaciones y entidades internacionales especializadas que guardan relación con la prevención y la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, y que difunda información sobre las iniciativas de los Estados Miembros, a fin de obtener apoyo para las mismas.
c. Incentivar, en los casos que sea necesario, el desarrollo de mecanismos de cooperación entre los Estados en materia de asistencia integral a las vÃctimas de Trata.
d. Adoptar, en los casos en que corresponda y sea viable, acuerdos multilaterales y/o bilaterales a los efectos de fomentar la asistencia jurÃdica mutua entre los Estados Miembros.
e. Considerar, cuando las respectivas legislaciones internas y arreglos bilaterales lo permitan y sea viable, la designación de funcionarios de enlace en las embajadas y/o consulados de los Estados Miembros en el Hemisferio, para promover una cooperación eficiente y expedita en la prevención, investigación y procesamiento de actos de delincuencia organizada transnacional.
f. Intensificar la cooperación internacional y la asistencia técnica en diversos niveles, con especial énfasis en los paÃses en desarrollo del Hemisferio, con el objeto de fortalecer su capacidad para prevenir y combatir la trata y el tráfico de personas (Asia y Africa)
g. Promover la celebración de acuerdos especÃficos en lo que respecta a la incautación y decomiso de los instrumentos y productos del delito y considerar, cuando la legislación de los Estados Miembros lo permita, la posibilidad de celebrar acuerdos sobre la distribución del dinero o los bienes incautados o decomisados, de conformidad con los términos y criterios definidos en la Convención de Palermo.
7. APORTES SUPERADORES DE LAS ORGANIZACIONES MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA